Fondos Europeos
España necesita digitalizar sus pymes para mejorar su competitividad. Los Fondos Europeos ofrecen ayudas como el Kit Digital (más de 3.000 millones €), Kit Consulting (300 millones €) y Bono Pyme (50 millones €). La digitalización reduce costes, optimiza procesos y abre nuevas oportunidades de negocio.
Contamos con un equipo de especialistas que conoce a fondo cada sector.
Te acompañamos en todo el proceso y estaremos pendientes de todo.
Nuestro catálogo de soluciones digitales es el más completo del mercado.
Somos el nº 1 en despliegue de red de fibra y 5G en Europa.
Tus empleados tendrán sesiones de formación de las soluciones del Kit Digital que elijas.
Si no eres cliente de Telefónica contacta con nosotros y nuestros expertos te ayudarán en todo el proceso.
Son los proveedores de los productos digitales que orientarán en el Kit Digital de autónomos y pymes a la hora de elegir las soluciones y tramitar las ayudas en su nombre.
Ofrecen servicios de asesorías que analizan la ciberseguridad, los procesos de negocio, identifican oportunidades para mejorar la gestión empresarial y diseñan estrategias para el desarrollo de la digitalización de las empresas.
Empresas como Télefonica, autorizadas para la gestión del Bono Pyme.
Los Fondos Europeos Next Generation nacen para para construir una Europa más digital y mejor adaptada a los retos actuales y futuros. Tienen el objetivo de impulsar la recuperación y el crecimiento económico de Pymes y Autónomos. Los Autónomos y Pymes tienen una importancia fundamental en este plan de recuperación, pues representan dos tercios del PIB español y un 75% del empleo..
Para Kit Digital y Kit Consulting:
A través de la web acelerapyme.es. Esta plataforma conecta a los agentes digitalizadores con Autónomos y Pymes. Incorpora los paquetes de digitalización o servicios de asesoramiento, permite realizar el autodiagnóstico y acceder a las ayudas de forma electrónica.
El procedimiento es el siguiente:
1º Registro de la empresa o negocio: podrá delegar la petición de las ayudas a los expertos de Telefónica que cumplimentarán la información básica de su empresa y le acompañarán en el proceso de tramitación con la Administración y valoración de la solicitud.
2º Asignación del bono: la Administración publicará las Pymes adjudicatarias de las ayudas y el importe/bono concedido.
3º Firma del acuerdo con el agente digitalizador/asesor: la empresa firmará el acuerdo con el código de bono digital asignado y la oferta de servicios para su digitalización.
Para el Bono PYME:
A través del formulario web disponible en la sede electrónica de Red.es. Este formulario lo puede presentar el representante legal del solicitante de la ayuda o el representante voluntario designado.
El procedimiento es el siguiente:
1º La Pyme puede delegar la petición de las ayudas a los expertos de Telefónica, quienes cumplimentan la información básica de tu empresa para la posterior comprobación de la Administración y valoración de la solicitud. En la solicitud se seleccionan los servicios deseados.
2º Asignación del bono digital: la Administración publicará las pymes adjudicatarias de las ayudas.
Hay diferentes plazos, en función del tipo de ayuda y de la convocatoria de la misma. Además, se admiten peticiones por orden de solicitud y hasta agotarse los fondos disponibles.
En el caso del Kit Digital hay 4 convocatorias:
Convocatoria I: para Pymes entre 10 y menos de 50 empleados: esta convocatoria YA ESTÁ CERRADA.
Convocatoria II: para Pymes entre 3 y menso de 10 empleados: esta convocatoria YA ESTÁ CERRADA.
Convocatoria III: para Autónomos y Pymes entre 0 y menos de 3 empleados: ABIERTA hasta agotarse fondos.
Convocatoria IV: para Pymes entre 50 y menos de 250 empleados: ABIERTA hasta agotarse fondos.
En el caso del Kit Consulting: convocatoria ABIERTA hasta agotarse fondos.
En el caso del Bono PYME: convocatoria pendiente de la reapertura del plazo de solicitud a lo largo del año 2025.
En todos los casos los impuestos (IVA, IGIC o IPSI) no están subvencionados por el bono o ayuda concedida.
En unos pocos casos, si el valor del servicio contratado es superior al valor de la ayuda concedida deberá abonarse, además, la diferencia no cubierta por el bono.